Permiso de Explotación Subterránea
ADA - Permiso de Explotación Subterránea
El ADA (Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires) Tiene como objeto el cumplimiento del Código de Aguas, Ley N° 12.257 sancionada en el año 1998.
Recientemente el Organismo ha implementado un nuevo sistema de otorgamiento de Autorizaciones y Permisos regulado por la Res. 333/2017, debiéndose a partir de ahora, realizar todas las tramitaciones por medio de su nuevo portal electrónico.
El Permiso de Explotación Subterránea consiste en un “Proceso” que evalúa si la captación está adecuada desde el punto de vista hidrogeológico y ambiental, que de ser favorable, concluye con la emisión de la Resolución de Permiso de Explotación Subterránea.
El Permiso debe ser tramitado por los establecimientos que empleen agua del recuso subterráneo si se cumplen alguna de las siguientes dos situaciones: Se trata de una “Obra ejecutada” y tiene una clasificación de riesgo media o alta, Categorías 2 y 3 respectivamente. Por este motivo la determinación de la “Categoría” es un requisito previo a la solicitud del permiso de explotación, esta se obtiene mediante la tramitación del Certificado de Prefactibilidad Hidráulica. El mismo consiste en una evaluación preliminar de la información brindada por la empresa sobre conceptos tales como rubro de actividad, cantidad de agua que se emplea y superficie del establecimiento y su ubicación, etc.
Nuestra empresa le ofrece asesoramiento integral sobre temas ambientales como el expuesto, podemos ayudarlo para cumplir con los requerimientos normativos en forma programada.