Norma de contratistas
Situaciones posibles:
Si es una empresa, deberá contar con la cobertura de una ART y ademas deberá presentar:
Certificado de cobertura emitido por la art donde conste el listado de todo el personal que fuera a ingresar al establecimiento.
- Cláusula de no repetición a favor de su empresa.
- Aviso de inicio de obra presentado ante la ART conforme a resolución 552/01.
- Programa de seguridad aprobado por la ART conforme a resolución 51/97, 35/98 o 319/99 según corresponda.
- Constancias de capacitación a todo el personal sobre temas inherentes a los riesgos a los cuales estarán expuestos y generales de higiene y seguridad en el trabajo.
- Registros de entrega de elementos de protección personal.
- Constancia de servicio de higiene y seguridad en el trabajo.
- Carta membretada con teléfono para emergencias y centros de derivación (en la zona de su establecimientos), en caso de traslado de urgencia
En caso de monotributistas o subcontratados autónomos deberán presentar:
Certificado de seguro de accidentes personales por $ 500.000 a favor de su empresa. Tanto para el titular como para todo el personal que este bajo su cargo (éste debe ser individual para cada persona)
- Constancia de servicio de higiene y seguridad en el trabajo, el cual deberá confeccionar un A.S.T. (análisis seguro del trabajo).
- Si poseen personal bajo su cargo deberán presenta registros de entrega de elementos de protección personal y constancias de capacitación sobre temas inherentes a los riesgos a los cuales estarán expuestos y generales de higiene y seguridad en el trabajo.